ALEGACIONES AL PLAN HIDROLÓGICO NACIONAL

La Asociación ANSE considera que el citado Anteproyecto de ley establece una regulación de la gestión de los recursos hídricos, así como unas previsiones de actuaciones a realizar en cada una de las Cuencas Hidrológicas, que son claramente insuficientes para el aumento de la calidad de los bienes ambientales y culturales afectados, razón por la cual se interesa la no aprobación del mismo o, en su defecto, la inclusión en el mismo de todas las medidas propuestas a continuación.

 

-I-

ANÁLISIS DEL ARTICULADO DEL ANTEPROYECTO.

PROPUESTAS ALTERNATIVAS.

 

            1º.- Título Preliminar.

            A.- Error de enfoque. Pese a la declaración de principios que se realiza en el artículo 2 del Anteproyecto de ley, el título preliminar, al igual que sucede con la totalidad de este cuerpo normativo, adolece de un defecto general que invalida el texto en su conjunto, ya que únicamente se centra en la regulación efectiva del almacenamiento, la canalización y el transporte del agua de unas zonas del territorio a otras, principalmente a través de la construcción de embalses y trasvases.

Esto constituye un grave error de enfoque que ocasiona (1) graves impactos negativos sobre los bienes ambientales, sociales y culturales afectados por dichas medidas

(2) grandes e innecesarios esfuerzos económicos; (3) rompiendo con los principios de la política de la escasez del agua que debe primar sobre la gestión de éste recurso; y que, además, (4) beneficia principalmente a los lobbies de la economía en perjuicio de los trabajadores autónomos y de la pequeña y mediana empresa.

            B.- Propuesta alternativa. Frente al planteamiento legal ofrecido en el articulado del Anteproyecto de ley esta Asociación propone la sustitución del mismo por una "política de la escasez del agua", postura que, además de ser muy realista,  pretende ofrecer soluciones a la gestión de los recursos hídricos partiendo del reconocimiento de la escasez de este bien y señalando como objetivos primordiales (1) el uso eficiente del agua, (2) el ahorro de agua y (3) la prevención de la contaminación.

            Es por ello que se interesa la modificación de todo el Título Preliminar para recoger debidamente estos principios, a fin de que puedan informar todas las medidas legislativas que en su desarrollo se aprueben, así como las actuaciones a realizar para la correcta gestión de los recursos hídricos.

            En concreto en el artículo 1 se debería incluir un reconocimiento expreso relativo a la "política de la escasez del agua".

            En el artículo 2 se propone la variación de la redacción ofrecida para señalar, de un lado, que los objetivos prioritarios son los señalados anteriormente de uso eficiente del agua, ahorro de agua y prevención de la contaminación; y, de otro, ofrecer como principales medidas para la consecución de los objetivos fijados actuaciones tendentes a la efectiva realización de éstos tres objetivos, dejando en segundo plano las alternativas de almacenamiento, canalización y transferencia de las aguas.

            Consecuentemente con lo afirmado el artículo 3 debe incluir las definiciones básicas sobre las que se ha de construir la regulación jurídica de la  "política de la escasez del agua".

 

            2º.- Capítulo Primero. Título Primero.

            A juicio de esta Asociación deberían incluirse en este punto diversos instrumentos técnicos de coordinación de los Planes Hidrológicos de Cuenca que atiendan, junto a los señalados en el artículo 6, a los criterios que a continuación se detallan:

a)      Criterios para la delimitación de los bienes ambientales, culturales y sociales presentes en los diferentes ámbitos de actuación, así como de los proyectos y acciones alternativos para el aumento de la calidad de los mismos y la creación de otros nuevos.

b)      Criterios para la determinación y valoración de los posibles impactos sobre los diferentes bienes, tanto en el proyecto a realizar, como en las alternativas al mismo.

c)      Criterios para el establecimiento de medidas protectoras y correctoras de posibles impactos sobre los bienes afectados.

d)      Criterios para la determinación de los recursos hídricos existentes y previsibles desde el punto de vista espacial y temporal.

e)      Criterios para la determinación de las pérdidas y los usos ineficaces e irregulares de los recursos hídricos.

f)       Criterios para la reducción del consumo de recursos hídricos a nivel agrario, industrial y urbano.

g)      Criterios para la recuperación y regeneración de los recursos hídricos no aptos para el consumo.

 

3º.- Capítulo Segundo y Tercero. Título Primero.

            En relación al contenido recogido en este Capítulo, esta Asociación denuncia la dejadez de funciones que pretenden realizar el legislador, quien obviando el establecimiento de medidas de carácter general tendentes a la regulación de una gestión sostenible de los recursos hídricos, se limita a regular la transferencia de recursos entre cuencas como si fuese la única alternativa viable para la correcta gestión de los recursos.

            Siendo esto así se propone la inclusión con carácter prioritario de medidas concretas a elaborar para la correcta gestión de los recursos hídricos, entre las que se indican:

a)      Uso eficiente del agua. Usos Agrícolas, Urbanos e Industriales.

 Elaboración de los siguientes documentos:

1.- Planes de gestión de recursos. (Planes de Riego y de usos urbanos e industriales de agua).

 

A.- En ellos habrán de determinares los problemas de utilización de sistemas de riego ineficaces, mal estado de canalizaciones, explotaciones ilegales de acuíferos, sistemas de producción industrial deficitarios, usos domésticos incorrectos,….. a través de auditorías.

 

B.- Valorar las necesidades reales y previsibles de recursos hídricos.

 

C.- Proponerse la adopción de medidas tendentes al empleo eficiente del agua y de la minimización de los impactos sobre éstos recursos.

 

2.- Normativa reguladora de las características técnicas de la maquinaria industrial, electrodomésticos, etc. a fin de economizar el empleo de agua.

 

b)      Ahorro de agua. Junto a las actuaciones, estudios y medidas previstas para un correcto uso eficiente de los recursos hídricos, deben incluirse otros tendentes al ahorro de dichos recursos a fin de equilibrar el empleo de los mismos tanto en períodos de excedentes con aquellos de carencias. Con este objetivo deben ser reguladas medidas para la reducción de los consumos de agua.

 

c)      Prevención de la contaminación. La alternativa más idónea para la consecución de éste objetivo es la de la eliminación de la posibilidad de contaminación, expulsando de nuestra terminología legal el concepto de "quien contamina paga" que a la larga no supone más que su inclusión en los costes de producción industriales y no la reducción de emisiones contaminantes.

Al respecto deben incluirse medidas como la creación de diversos instrumentos técnicos como los propuestos a continuación.

            1.- Creación de Zonas de Protección Hídrica.

            2.- Mapas de calidad de las aguas.

            3.- Planes de Recuperación, Regeneración y Desalación de aguas.

4.- Creación de infraestructuras para la depuración de aguas residuales y la desalación de aguas salobres y marinas.

 

-II-

EXAMEN DE LAS ACTUACIONES PREVISTAS

EN EL PROGRAMA DE INVERSIONES.

 

            1º.- Trasvase Cuenca del Ebro-Cuencas Mediterráneas.

 

            Con esta actuación se pretende el trasvase de 1.050 hectómetros anuales del río Ebro a las cuencas mediterráneas, así como la construcción de grandes embalses en la cabecera de la cuenca que lo hará posible, lo cual es considerado del todo rechazable por esta Asociación por cuanto:

1.- Que hipoteca las posibilidades de desarrollo futuro de Aragón, y dentro de dicha comunidad del Pirineo (implantación de nuevas industrias, transformación de la producción agroalimentaria y de los recursos endógenos, desarrollo de nuevas tecnologías, turismo sostenible...).

2.- Que agudiza los desequilibrios territoriales, promoviendo la concentración de la riqueza y de la población en el litoral mediterráneo en detrimento de las comunidades del interior, como Aragón, una comunidad cada vez más desvertebrada, desertizada y envejecida; que dentro de la propia comunidad autónoma agudiza los desequilibrios territoriales entre llano y montaña, promoviendo la concentración de la riqueza y de la población en Zaragoza y su entorno en detrimento de montaña pirenaica, una región cada vez más desvertebrada, desertizada y envejecida.

3.- Que incumple la Carta Europea del Agua suscrita formalmente por el Estado español y desoye la recién aprobada Directiva Marco del Agua que impone criterios de calidad biológica del agua, que configura la cuenca fluvial como ámbito de actuación y desoye las tesis compartidas por la comunidad científica internacional, a través de las cátedras de hidrología y de ecología de las Universidades, puestas de manifiesto en los Congresos Ibéricos del Agua.

4.- Que renuncia de antemano: al estudio y desarrollo de alternativas el ahorro de agua; a la mejora de las redes de distribución de agua; a la modernización de regadíos (con construcción de pequeños embalses en los polígonos de riego y balsas de regulación en tránsito); a la recuperación ambiental de los ríos; a la reutilización de aguas residuales; y a la desalación de aguas salobres y marinas.

5.- Que no tiene en absoluto en cuenta las previsiones del cambio climático realizadas por un organismo tan poco sospechoso de parcialidad como es la ONU, que estima un descenso en las precipitaciones para la Península Ibérica de un 15 % de media en los próximos años.

6.- Que genera enormes impactos medio ambientales (inundación de valles del Pirineo, desaparición del Delta del Ebro en un plazo de 100 años, evaporación de las aguas, salinización de las tierras, reducción de los niveles freáticos, afecciones sobre la fauna y flora por pérdida del caudal ecológico...).

7.- Que genera grandes impactos al patrimonio histórico-artístico y cultural, como la anegación de 22 km de Camino de Santiago (incluidas varias ermitas, restos arqueológicos, etc.), declarado Patrimonio Mundial de la Humanidad por la UNESCO e Itinerario Cultural Europeo

8.- Que supone una clara amenaza para al menos 82 Lugares de Interés Comunitario (LIC), con especial gravedad para 18 especies protegidas y 14 hábitats de la Red Natura 2000.

9.- Que su mera expectativa está generando en el Levante español una espiral de especulación urbanística traducida en urbanizaciones y complejos turísticos en secarrales sin dotación, al tiempo que no pone coto en las cuencas receptoras a los procesos de sobreexplotación de los recursos, captaciones ilegales de agua, y desmontes y roturaciones para regadíos no autorizados.

10.- Que no pueden considerarse aisladamente las desigualdades hídricas, despreciando las desigualdades demográficas, de desarrollo económico, de dotación de infraestructuras, de financiación autonómica, o las derivadas de la exclusión de los fondos europeos que Aragón padece, y dentro más aun el Pirineo.

11.- Que en un estado de derecho, en un asunto de tanta trascendencia como este no puede haber imposiciones de mayorías sobre minorías, sea hacia Aragón o hacia el territorio de la montaña.

 

            2º.- Modernización de riegos tradicionales en la Cuenca del Segura.

 

            En relación a las actuaciones a llevar cabo esta Asociación se opone a que las mismas contemplen el entubamiento de las redes de acequias tradicionales.

          Al respecto debemos señalar que en la Cuenca del Segura existe una admirable red de acequias de una gran trascendencia histórica, etnológica y medio ambiental. La importancia histórica de esta red viene dada por ser el fruto de las culturas íberas, romana y árabe asentadas en este territorio a lo largo de diferentes siglos, lo que la hace digna de ser calificada como patrimonio cultural. El valor etnológico de las acequias es indiscutible ya que son el reflejo de los usos y costumbres de nuestros agricultores. De otro lado ha de resaltarse el papel jugado por estos canales de riego en el campo medio ambiental, gracias a los cuales se mantienen unos peculiares ecosistemas, hábitat de especies silvestres y donde existe una importante vegetación de riberas, sirviendo asimismo como corredores ecológicos lineales y plataforma para luchar contra los procesos de desertización del suelo. No debe olvidarse que la existencia de la red de acequias produce una serie de beneficios para los agricultores a los que difícilmente pueden renunciar, tales como constituir según se ha dicho un freno a los procesos de desertificación del suelo agrícola, limitar los efectos destructivos de las riadas, permitir la existencia de predadores naturales de parásitos, mantener un nivel óptimo de los acuíferos subterráneos gracias a las filtraciones que se producen, etc.

     Este importante patrimonio histórico, etnológico, agrícola y ambiental  de la Cuenca del Segura se encuentra amenazado en la actualidad por:

 

El abandono de la actividad agraria.

El proceso urbanizador que está destruyendo el territorio agrícola.

Los efectos perniciosos de las actividades económicas realizadas en la Huerta.

 

                 Sin embargo, el Anteproyecto de ley del Plan Hidrológico Nacional consolida su destrucción con las previsiones de modernización de este sistema de riego a través del entubamiento de las mismas, cuando el uso y la conservación de las acequias de la Cuenca del Segura una serie de actuaciones de carácter urgente consistentes en:

 

La incorporación al Anteproyecto de ley de normas que establezcan la protección de las acequias en la Cuenca del Segura.

La aprobación junto al Anteproyecto de ley de un Plan de mantenimiento y conservación de acequias.

La incorporación al Anteproyecto de ley de previsiones para que en los Planes de Cuenca se incluyan Catálogos de toda la red de acequias existente en cada territorio.

La aprobación de inversiones para la recuperación y mejora de las acequias existentes en la Cuenca del Segura.

· La paralización inmediata de todas las obras de destrucción de las acequias en la Cuenca del Segura.

 

                                                              Murcia, a 29 de noviembre del 2.000.

 

 

 

 
 

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